¿Encontraste la casa o el departamento que buscabas y ya te están por hacer firmar un boleto de compraventa?
Es uno de los momentos más importantes de toda la operación inmobiliaria, y también uno de los que más dudas genera: ¿es lo mismo que ser dueño? ¿Qué pasa si el vendedor se arrepiente? ¿Qué cláusulas tenés que revisar antes de poner tu firma?
En esta guía te contamos qué es exactamente el boleto de compraventa de un inmueble, qué validez tiene según el Código Civil y Comercial, qué cláusulas no pueden faltar y cuáles son los riesgos más comunes que podés evitar si sabés qué mirar antes de firmar.
El boleto de compraventa es un contrato privado mediante el cual el vendedor se compromete a otorgar la escritura pública de un inmueble y el comprador se compromete a pagar el precio pactado, en la forma y los plazos acordados.
Es el documento que confirma la operación inmobiliaria antes de llegar a la escribanía, y en la práctica argentina es uno de los pasos más habituales de cualquier compraventa.
Un detalle que muchos pasan por alto: el boleto no es lo mismo que la escritura.
Firmarlo no te convierte en propietario.
El Código Civil y Comercial de la Nación es claro en este punto: la propiedad de un inmueble solo se adquiere con "título y modo suficientes", es decir, con la escritura pública otorgada ante escribano y su correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble
El boleto, por sí solo, no cumple ninguno de estos dos requisitos.
Ahora bien, eso no significa que el boleto sea un papel sin peso legal. Es un contrato válido y reconocido, que genera obligaciones recíprocas: el vendedor queda obligado a escriturar, y el comprador a pagar según lo pactado.
Es decir, que si tenés solo el boleto firmado y ya pagaste el precio, o incluso tomaste posesión del inmueble, igual no sos dueño registral.
Eso solo se logra con la escritura.
Antes de llegar al boleto, es común que se firme una reserva con la inmobiliaria, donde el comprador entrega una suma de dinero y se establece un plazo para avanzar con la operación, sujeto a las condiciones pactadas. ,
En el boleto propiamente dicho, suele pactarse una seña, que funciona como un adelanto del precio y confirma la operación.
Acá está uno de los puntos que más confusión genera: si el boleto no aclara qué tipo de seña es, el Código Civil y Comercial presume que es confirmatoria, es decir, que ninguna de las partes puede arrepentirse sin consecuencias.
Si tu intención es que exista la posibilidad de arrepentimiento (seña penitencial), eso tiene que quedar dicho expresamente en el texto.
Un boleto bien redactado reduce drásticamente el riesgo de conflictos futuros.
Estos son los puntos que conviene revisar antes de firmar:
Una vez otorgada la escritura pública, debe realizarse su correspondiente inscripción registral para dotar de publicidad al derecho y favorecer su oponibilidad frente a terceros, conforme al régimen registral aplicable.
El boleto de compraventa es una herramienta útil y ampliamente usada en el mercado inmobiliario argentino, pero su eficacia depende enteramente de cómo esté redactado.
Un boleto genérico, bajado de internet sin adaptarlo a tu operación específica, puede dejar afuera justamente la cláusula que necesitabas para protegerte.
Antes de firmar, considerá que un profesional revise el texto.
No. Solo la escritura pública, otorgada ante escribano e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble, transfiere el dominio de un inmueble. El boleto genera obligaciones entre las partes, pero no te convierte en titular registral.
Depende de qué tipo de seña se haya pactado. Si es confirmatoria (la presunción legal por defecto), ninguna de las partes puede arrepentirse sin consecuencias legales. Si es penitencial, cualquiera de las Partes puede arrepentirse: el comprador pierde la seña entregada y el vendedor debe devolverla doblada.
No. El boleto no es título hábil para inscribir el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble. Necesitás la escritura pública correspondiente.
Como mínimo, un informe de dominio actualizado del inmueble y los certificados de libre gravamen, para confirmar que no existen embargos, hipotecas o inhibiciones que puedan complicar la operación.
No. El boleto es un contrato privado que puede firmarse sin escribano, aunque contar con asesoramiento profesional reduce significativamente el riesgo de errores en las cláusulas.
Firmar el boleto es un paso enorme en el camino hacia tu propia casa, pero el proceso recién empieza.
Una vez que tengas las llaves en la mano, proteger ese patrimonio es tan importante como haberlo conseguido.
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La información contenida en esta nota es de carácter general y meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni reemplaza la consulta con un profesional. Las particularidades de cada operación inmobiliaria deben ser analizadas en función de sus circunstancias y documentación específica.
El presente material tiene fines únicamente informativos y no está destinado a proporcionar asesoría legal ni de cualquier otra índole. Para cualquier duda técnica o jurídica, se deberá consultar a un asesor legal u otros expertos en la materia.
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