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Cobertura

Indemnizaremos a los beneficiarios designados la suma asegurada indicada en las condiciones particulares en caso de fallecimiento por causas naturales o a raíz de un accidente.

Además, cubre el riesgo en caso de invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.

En caso de muerte accidental, el seguro cubre hasta un año luego de producido el accidente.

Beneficios

  • Cobertura dentro y fuera del país los 365 días del año.
  • No existe periodo de carencia para la cobertura de Invalidez total y permanente.
  • Contamos con sólidez financiera para cubrir tus riesgos.

 

Exclusiones

Para la cobertura de muerte:

a. Suicidio o intento de suicidio, consciente y voluntario.

b. Por acto delictivo cometido por el beneficiario o heredero contra el ASEGURADO, en calidad de autor o cómplice.

c. Enfermedades pre-existentes.

Para la cobertura de Muerte Accidental:

a. Suicidio.

b. Peleas o riñas.

c. Estado etílico del ASEGURADO.

Para la Cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente:

En adición a todas las exclusiones que rigen para las coberturas de Muerte y Muerte Accidental se excluye lo siguiente:

a. Enfermedades preexistentes

b. Lesiones autoinfligidas.

c. Uso de drogas, estupefacientes y alcohol.

*Puede revisar el total de las exclusiones en el documento "Condiciones Generales".

Información adicional

Cláusulas Generales

Condiciones Generales

Condiciones Particulares

Resumen

Solicitud

CA Sepelio Total

Resolución SBS

Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o al número (51-1) 417- 5000.