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El producto Póliza para la Gestión de Riesgos Cibernéticos es un seguro dirigido a las empresas que en el desarrollo de su objeto social, administran sistemas y redes informáticas y bases de datos con información propia o de terceros que puedan ser sujetas a los riesgos amparados a continuación.

Amparos

Responsabilidad por Privacidad

La compañía pagará los daños y los gastos por reclamaciones de privacidad, por una reclamación de privacidad que se presente contra el tomador por primera vez durante el periodo contractual, por cualquier acto culposo de privacidad que ocurra después de la fecha de retroactividad y antes de la fecha de terminación del periodo contractual.

Responsabilidad por Seguridad en la Red

La compañía pagará los daños y los gastos por reclamaciones de seguridad de la red, por una reclamación de seguridad de la red que se presente contra el tomador por primera vez durante el periodo contractual, por cualquier acto culposo de seguridad de la red que ocurra después de la fecha de retroactividad y antes de la fecha terminación del periodo contractual.

Responsabilidad por Contenidos Electrónicos

La compañía pagará los daños y los gastos por reclamaciones de contenidos electrónicos, por una reclamación de contenidos electrónicos que se presente contra el tomador por primera vez durante el periodo contractual por cualquier acto culposo de contenidos electrónicos que ocurra después de la fecha de retroactividad y antes de la fecha terminación del periodo contractual.

Ciber Extorsión

La compañía pagará los daños por ciber extorsión y los gastos por ciber extorsión pagados por el tomador actuando en alguna de las circunstancias de justificación previstas en el artículo 32 del Código Penal, por un evento de ciber extorsión que ocurra después de la fecha de retroactividad y antes de la fecha terminación del periodo contractual.

Pérdida de Activos Digitales

La compañía pagará los costos de recuperación en razón a un incidente de activos digitales que ocurra después de la fecha de retroactividad y antes de la fecha terminación del periodo contractual.

Interrupción del Negocio

La compañía pagará la pérdida por interrupción del negocio que surja durante el periodo de indemnización y los costos de recuperación que surjan de un incidente de interrupción del negocio que ocurra durante el periodo contractual.

Los costos de recuperación en ningún caso excederán la pérdida por interrupción del negocio que el tomador claramente demuestre que ha sido evitada o prevenida basado en los principios comúnmente aceptados de contabilidad.

Clausulado