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Brinda cobertura ante reclamaciones relacionadas con actividades propias de los medios de comunicación. Cubre gastos de defensa legal e indemniza por pérdidas ocasionadas por reclamos asociados a tareas de producción. Su cobertura se extiende a casos de responsabilidad civil simple.

(a) Amparo para medios de noticias y multimedios, el asegurador pagara la pérdida en nombre de un asegurado en razón de todo reclamo que surja directamente de las actividades de medios de comunicación del asegurado, siempre y cuando dichas actividades de medios de comunicación que dan lugar al reclamo hayan ocurrido durante el periodo de vigencia de la póliza.

(b) Amparo para gastos de defensa por citación el asegurador pagara los gastos de defensa por citación en nombre de un asegurado en razón de toda citación asegurada siempre y cuando las actividades de medios de comunicación que dan lugar a la citación asegurada hayan ocurrido durante el periodo de vigencia de la póliza.

(c) Amparo de responsabilidad de productores el asegurador pagara la perdida en nombre de un asegurado en razón de todo reclamo que surja directamente de las actividades de producción del asegurado, siempre y cuando dichas actividades de producción que dan lugar al reclamo hayan ocurrido durante el periodo de vigencia de la póliza.

(d) Amparo de responsabilidad civil por actividades basadas en internet el asegurador pagara la perdida en nombre de un asegurado en razón de todo reclamo que surja directamente de las actividades basadas en internet del asegurado, siempre y cuando dichas actividades basadas en internet que dan lugar al reclamo hayan ocurrido durante el periodo de vigencia de la póliza.

El asegurador no será responsable por la pérdida en razón de ningún reclamo:

(1) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier hecho, circunstancia, situación, operación, evento o actividad que, antes de la fecha de inicio del periodo de vigencia de la póliza

(2) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier demanda, juicio u otro proceso pendiente en contra de cualquier asegurado u orden, decreto o sentencia dictados en su contra o a su favor, en o antes de la fecha de inicio del periodo de vigencia de la póliza

(3) Iniciado por, o en nombre de cualquier empleado, ex empleado o empleado prospecto, que se base en, o surja, directa o indirectamente, como resultado de la relación laboral, de la clase, los términos o las condiciones del empleo;

(4) Por lesión corporal (excepto daños morales o trastornos emocionales), malestar, enfermedad o muerte de cualquier persona, o daño a cualquier bien tangible, o su destrucción o pérdida de su uso, ya sea o no dañado o destruido.

(5) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de toda exposición real, presunta o inminente a cualquier contaminante

(6) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de, cualquier violación real o presunta de la ley de valores de 1933 de Estados Unidos de América ("securities act of 1933"), de la ley de valores de 1934 de Estados Unidos de América ("securities exchange act of 1934"), la ley de inversión de compañías de Estados Unidos de América de 1940 (“investment company act of 1940”),

(7) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de la violación, real o presunta, de cualquier patente, contribuir a la violación de cualquier patente o inducir a la violación de cualquier patente;

(8) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de la real o presunta fijación de precios, restricciones al comercio, prácticas de monopolio, prácticas comerciales desleales, o cualquier violación, real o presunta, de la ley de la comisión federal de comercio de los Estados Unidos de América (“federal trade commission act”),  la  ley sherman contra los monopolios (“sherman anti-trust act”), la ley clayton (“clayton act”), o de cualquier otra disposición legal federal que comprenda prácticas desleales de competencia, monopolio, fijación de precios, discriminación por precios, precios desleales o limitación a las actividades comerciales,

(9) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier real o presunta acceso no autorizado a cualquier computador, programas de computación, redes de computación o bases de datos de computación

(10) Por cualquier violación real o presunta de contratos, acuerdos o garantías expresos o tácitos. Sin embargo esta exclusión no aplicará a:

(a) Cualquier reclamo por responsabilidad en que el asegurado hubiese sido legalmente responsable en la ausencia de dicho contrato, acuerdo o garantía;

(11) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones que sean deliberadamente delictivos, fraudulentos o deshonestos, o de cualquier violación ilegítima de cualquier norma o regulación por parte de cualquier asegurado, en su nombre o con su consentimiento, cuando tal acción u omisión sean demostrados por:

(A) Cualquier declaración escrita o documento escrito de cualquier asegurado; o

(B) Cualquier sentencia, laudo, orden, decreto o resolución o decisión equivalente en cualquier proceso de resolución de controversias en el fuero judicial, administrativo o alternativo;

(12) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de que el asegurado haya obtenido, de hecho, alguna utilidad, remuneración o ventaja a la que no tenía derecho lícitamente. Para efectos de la aplicación de esta exclusión, es necesario tener en cuenta lo previsto en la sección c del capítulo de exclusiones, “divisibilidad de las exclusiones”;

(13) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de toda violación real o presunta de lo que se enumera a continuación  la ley can-spam de los estados unidos de 2003, o cualquier ley que la modifique, o cualquier ley equivalente en otra jurisdicción;

(14) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier acto u omisión, real o supuesta, relacionados con cualquier concurso, lotería, juego promocional o juego de azar; incluyendo, pero no limitado a, la impresión de boletos o cupones para cualquiera de los antes mencionados, o la múltiple redención de boletos, cupones o premios para cualquiera de ellos; disponiéndose, sin embargo, que esta exclusión no aplicará a un reclamo en el que se alegue la invasión o violación de los derechos de privacidad o publicidad, incluidos los actos ilícitos de intrusión, publicación de hechos privados, deterioro (“false light”) o apropiación ilícita de nombre o imagen.;

(15) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier servicio profesional o de consultoría que no encuadre dentro de la definición de actividades de medios de comunicación;

(16) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier violación real o presunta de garantías expresas, obligaciones o deberes fiduciarios , mal funcionamiento o falla con respecto a productos o servicios publicitados; incluyendo, pero no limitado a, cualquier real o supuesta lesión corporal o daño material resultantes de lo antes mencionado, independientemente de si dicha lesión corporal o daño material surgen de un reclamo por publicación negligente, según se describe en el subpárrafo (a)(6) de la definición de actividades de medios de comunicación;

(17) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier proceso contra el asegurado, presentado o iniciado por la superintendencia de industria y comercio, federación nacional de comerciantes (“fenalco”) o la comisión federal de comercio de los estados unidos de américa (“federal trade commission”), o cualquier otro organismo regulatorio u otro ente administrativo, aduciendo la violación de leyes o regulaciones en cualquier jurisdicción;

(18) Basado en, relacionado con, o como consecuencia del otorgamiento de licencia a un tercero de cualquier logotipo, símbolo, marca comercial u otra propiedad intelectual, para su utilización en relación con la venta de bienes o servicios relacionados directamente con los medios asegurados; lo anterior estará sujeto a la condición de que esta exclusión no se aplique a las actividades de producción; o

(19) Basado en, relacionado con, o como consecuencia de cualquier real o supuesta publicidad falsa de forma intencional o ilícita, o cualesquiera prácticas comerciales desleales o engañosas, sean ellas reales o supuestas, con respecto a la publicidad o venta de los bienes, publicaciones o servicios del asegurado.

(20) Pérdida de la cual el tomador del seguro, asegurado, beneficiario o afianzado esté incluido en las listas OFAC (office of foreign assets control) del departamento del tesoro de los estados unidos de américa o del gobierno colombiano en materia de anti lavado de activos, anti-terrorismo u otras sanciones económicas; ni respecto de indemnizaciones, rembolsos, gastos o pagos hechos a personas naturales o jurídicas o efectuados en países incluidos dentro de las listas OFAC; ni por pérdidas relacionadas, directa o indirectamente, con operaciones, negocios, contratos o vínculos de cualquier naturaleza con países o personas naturales o jurídicas incluidos en las listas OFAC o del gobierno colombiano en materia de anti lavado de activos, anti-terrorismo u otras sanciones económicas; ni por reclamos que se hagan contra el asegurador o el asegurado por personas o en nombre de personas o países que estén incluidos en las listas OFAC o del gobierno colombiano en materia de anti lavado de activos, anti-terrorismo u otras sanciones económicas.

Periodos de carencia o tiempos de permanencia mínimos de la cobertura | Límites de edad | Renovación Automática | 

El valor del deducible será el acordado entre la Compañía y el cliente, según el tipo de cobertura.  

El asegurado podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito a la Compañía. La Compañía podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del envío.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Trámites para obtener el pago del seguro.
  • Plazos y forma en que el asegurado debe acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida. 
  • Derechos en el evento en que la entidad no pague la indemnización dentro del mes siguiente a dicha acreditación. 

El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.

Las tarifas varían del tipo de riesgo a asegurar, la vigencia del mismo, limites requeridos y/o tipología de contrato.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Figuras de coaseguro, subrogación y transmisión del interés asegurado y sus consecuencias. 
  • Procedimiento de devolución de primas en supraseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro. 

Ingresa aquí

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   “Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.

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