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Con nuestra gran red de protección resguardamos a personas, familias y empresas. Mediante un conjunto de soluciones contra el riesgo de accidentes, enfermedades, lesiones físicas, y eventos fatales que puedan ocurrir durante un viaje.

Chubb Travel Smart

Una herramienta que entrega una solución de seguros integral para viajeros corporativos

Pérdida accidental de la vida.

  1. Accidente de aviación, cuando el asegurado viaje como piloto o miembro de la tripulación de cualquier aeronave salvo, que viaje como pasajero en una aeronave de linea comercial para transporte de pasajeros pagando boleto.
  2. La práctica, o participación en entrenamientos, de deportes de manera profesional.
  3. Síndrome de inmunodeficiencia adquirida S.I.D.A. o las enfermedades relacionadas con el virus V.I.H.
  4. Una guerra o cualquier acto de guerra, invasión, enemigo extranjero, guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, poderío militar o usurpado;
  5. Haber ingerido drogas tóxicas, alucinógenos o ingestión de estupefacientes, bebidas alcohólicas, o cuando la persona asegurada conduzca cualquier clase de vehículo después de consumir alcohol etílico.
  6. Fenómenos sísmicos, inundaciones, u otros fenómenos naturales de carácter catastrófico (hecho funesto y grave).
  7. Vértigos, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis, y los que ocurran por estados de enajenación mental, salvo cuando tales trastornos sean consecuencia de un accidente cubierto, de acuerdo a lo descrito en este seguro.
  8. Los accidentes que la persona asegurada o los beneficiarios, por acción u omisión, provoquen dolosamente o con culpa grave.
  9. Intervenciones quirúrgicas o como consecuencia de ellas, las causadas por tratamientos médicos o rayos x y similares, choques eléctricos, etc., y/o de cualquier elemento radioactivo, u originadas en reacciones nucleares; lesiones imputables a esfuerzo, insolación, quemaduras por rayos solares, enfriamiento y demás efectos de las condiciones atmosféricas o ambientales.
  10. Encontrarse el asegurado en servicio activo y en ejercicio de sus funciones, como militar, policía, miembro de organismo de seguridad, de inteligencia, guardaespaldas o vigilante de cualquier país o autoridad.
  11. Accidente de aviación cuando el asegurado viaje como pasajero en una aeronave de linea no comercial para transporte de pasajeros.
  12. Haberse infringido cualquier norma legal penal por parte del asegurado.
  13. Estado de gestación, alumbramiento, cesárea, aborto o complicaciones sufridas a causa de cualquiera de estos estados del asegurado o de su acompañante de viaje a menos que se deba a complicaciones médicas inesperadas u ocasionadas por una lesión por accidente.
  14. Infecciones producidas por picaduras de insectos tales como malaria, tifo, fiebre amarilla.
  15. Las condiciones atmosféricas o ambientales.
  16. Sicopatías transitorias o permanentes, salvo que tales hechos sobrevengan a consecuencia de un accidente cubierto conforme a lo estipulado en el presente seguro, o del tratamiento de las lesiones por él producidas.
  17. Las lesiones o muerte causadas por terceras personas, con arma de fuego, corto punzante o contundente.
  18. Hechos de guerrilla, rebelión, terrorismo, huelga, motín o tumulto popular
  19. Actos delictivos (u omisiones) por parte del asegurado o de sus ejecutores, administradores, herederos legales o representantes personales;
  20. Cualquier contaminación o reacción nuclear, rayos ionizantes o radioactividad,
  21. Cualquier error u omisión en reservaciones realizadas por el asegurado, su acompañante de viaje, agente de viaje o cualquier otra persona en su nombre, incluido el incumplimiento de obtener los documentos de viaje pertinentes para su viaje;
  22. Cualquier pérdida o gastos que surjan en relación con, o a la que se contribuya cuando, el asegurado realice un viaje o parte de un viaje en contra del consejo del ministerio de relaciones exteriores de Colombia.
  23. Cualquier pérdida o gastos relacionados con cuba para ciudadanos estadounidenses o una lista seleccionada especialmente o que, si la compañía pagase o reembolsase, ocasionara una brecha de comercio o sanciones económicas o cualquier otra ley o reglamentación similar;
  24. Cualquier prohibición, regulación o intervención por parte de las autoridades del gobierno;
  25. La negación, el incumplimiento o la incapacidad de cualquier persona, compañía u organización, que incluye pero no se limita a agente de viajes, operador turístico, proveedor de alojamiento, proveedor de transporte público, agencia de alquiler de vehículos o cualquier otro proveedor de servicios de viaje o turismo para brindar los servicios o el alojamiento debido a su insolvencia o la insolvencia de cualquier persona, compañía u organización con la que trabajen;
  26. La propagación de cualquier enfermedad contagiosa o virus que a afecte a la persona asegurada y que no sea como resultado de una lesión por accidente;
  27. Medidas tomadas por las autoridades del gobierno que incluyen confiscación, detención, destrucción y restricción;
  28. Pérdida resultante de cualquier tipo, que incluye pérdida de disfrute o cualquier pérdida financiera que no esté específicamente cubierta en la póliza;
  29. Que el viaje reservado o realizado por el asegurado o su acompañante de viaje sea en contra del consejo de un médico, o con el fin de buscar atención médica, o después de recibir el diagnóstico de una enfermedad terminal;
  30. Que el asegurado o su acompañante de viaje no realicen todos los esfuerzos razonables o su descuido, negligencia o imprudencia para resguardar su propiedad o evitar una lesión por accidente o enfermedad o minimizar cualquier declaración de siniestro bajo la póliza;
  31. Que el asegurado pueda reclamar o le puedan reclamar a su favor:
    1. medicare; o
    2. cualquier ley de compensación laboral; o
    3. cualquier ley de accidente de transporte; o
    4. cualquier fondo patrocinado por el gobierno; o
    5. plan de prestaciones médicas; o
    6. cualquier otra póliza de seguro que se requiera para que la ley la ponga en vigencia o bajo sus condiciones;
  32. La contratación del asegurado, en trabajo manual;
  33. La intoxicación del asegurado, con alcohol o drogas no recetadas por un médico;
  34. La participación de la persona asegurada en:
    1. actividades y deportes extremos; o
    2. deportes de invierno, a menos que haya comprado cobertura para la sección 30 - paquete deportes de invierno, como se muestra en su certificado de seguro; o
    3. deportes de aventura, a menos que haya comprado cobertura para la sección 31 - paquete deportes de aventura, como se muestra en su certificado de seguro; o
    4. buceo, a menos que cuente con un certificado emitido por una agencia de certificación de buceo autorizada (por ej., una certificación PADI) o cuando bucee con un instructor capacitado. En estas situaciones, la profundidad máxima que cubre esta póliza es como se especifica en la certificación que posee, pero no más profundo que treinta (30) metros y no debe bucear solo/a, a menos que haya adquirido la cobertura para la sección 31 - paquete deportes de aventura, como se muestra en su certificado de seguro; o
    5. rafting en aguas bravas de grado 4 (de escala internacional en cuanto a dificultad del río) y/o más; o
    6. montañismo; o
    7. cualquier deporte o competencia profesional en la que reciba remuneraciones, patrocinios o cualquier forma de incentivo financiero; o
    8. carreras de cualquier índole, que no sean a pie, pero esto no incluye ultramaratones, biatlones ni triatlones; o
    9. motociclismo para cualquier fin, excepto el uso de una motocicleta con una cilindrada de 200 cc o menos, siempre que el conductor tenga una licencia de motociclista en Colombia y que use casco.
  35. La reservación o viaje del asegurado en un crucero, menos que haya comprado cobertura para la sección 29 - paquete crucero, como se muestra en su certificado de seguro;
  36. El viaje del asegurado en aguas internacionales en un velero privado o un velero registrado de forma privada;
  37. Una afección médica preexistente de la persona asegurada o de su acompañante de viaje, a menos que sea una afección médica aprobada (esta exclusión no tiene validez para la sección 11 - repatriación de restos mortales);
    • Paragrafo 1. No se aplicarán aquellas exclusiones cuando el asegurado haya comprado una cobertura adicional que expresamente así lo indique.
    • Parágrafo 2: en todo caso, este seguro no se aplica en la medida en que las sanciones económicas o comerciales u otras leyes o regulaciones prohíban a la compañía proporcionar el seguro, incluido, entre otros, el pago de siniestros.

Periodos de carencia o tiempos de permanencia mínimos de la cobertura | Deducibles | Subrogación | Coexistencia | Renovación Automática |

La duración del contrato de seguros será la pactada entre las Partes. Aplicará la renovación automática si así se prevé en la carátula de la póliza.

El asegurado podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito a la Compañía. La Compañía podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del envío.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Trámites para obtener el pago del seguro.
  • Plazos y forma en que el asegurado debe acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida. 
  • Derechos en el evento en que la entidad no pague la indemnización dentro del mes siguiente a dicha acreditación. 

El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.

Las tarifas varían del tipo de riesgo a asegurar, la vigencia del mismo, limites requeridos y/o tipología de contrato.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Figuras de coaseguro, subrogación y transmisión del interés asegurado y sus consecuencias. 
  • Procedimiento de devolución de primas en supraseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro. 

Ingresa aquí

Clausulados Póliza de Accidentes Personales en Viajes

Clausulado vigente desde 01/12/2020: Póliza de Accidentes Personales en Viajes - CLACHUBB20190001-D00I

Anexos - Amparo Adicional de Desmembración Accidental en Transporte Público

Anexo vigente desde 01/12/2020: Amparo Adicional de Desmembración Accidental en Transporte Público - ANEXCHUBB2019001-D00I

Anexos - Amparo Incapacidad Total y Permanente por Accidente en Transporte Público

Anexo vigente desde 01/12/2020: Incapacidad Total Transporte Público - ANEXCHUBB2019002-D00I

Anexos - Gastos Médicos de Emergencia por Accidente en el Extranjero

Anexo vigente desde 01/12/2020: Gastos Médicos por Accidente en el Extranjero - ANEXCHUBB2019003 D00I

Anexos - Gastos Médicos por Enfermedad en el Extranjero

Anexo vigente desde 01/12/2020: Gastos Médicos por Enfermedad en el Extranjero - ANEXCHUBB2019004-D00I

Anexos - Gastos de Medicamentos Recetados de Emergencia en el Extranjero

Anexo vigente desde 01/12/2020: Medicamentos Recetados de Emergencia en el Extranjero - ANEXCHUBB2019005 D00I

Anexos - Gastos Odontológicos de Emergencia en el Extranjero

Anexo vigente desde 01/12/2020: Gastos Odontológicos de Emergencia en el Extranjero - ANEXCHUBB2019006-D00I

Anexos - Traslado Médico de Emergencia en el Extranjero

Anexo vigente desde el 01/12/2020: Traslado Médico de Emergencia en el Extranjero - ANEXCHUBB2019007-D00I

Anexos - Repatriación de Restos

Anexo vigente desde 01/12/2020: Repatriación de Restos - ANEXCHUBB2019008-D00I

Anexos - Gastos de Hotel para un Familiar Acompañante por Hospitalización

Anexo vigente desde 01/12/2020: Gastos de Hotel para un Familiar Acompañante por Hospitalización - ANEXCHUBB2019009-D00I

Anexos - Recuperación Médica en Hotel

Anexo vigente desde 01/12/2020: Recuperación Médica en Hotel - ANEXCHUBB2019010-D00I

Anexos - Compañero de Viaje para Menor de Edad (boleto aéreo)

Anexo vigente desde 01/12/2020: Compañero de Viaje para Menor de Edad - ANEXCHUBB2019011-D00I

Anexos - Retraso de Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Retraso de Viaje - ANEXCHUBB2019012-D00I

Anexos - Cancelación de Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Cancelación de Viajes - ANEXCHUBB2020013 D00I

Anexos - Interrupción de Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Interrupción de Viaje - ANEXCHUBB2019014-D00I

Anexos - Auxilio para Gastos Legales en el Extranjero

Anexo vigente desde 01/12/2020: Auxilio para Gastos Legales en el Extranjero - ANEXCHUBB2019015-D00I

Anexos - Responsabilidad Civil en Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Responsabilidad Civil en Viaje - ANEXCHUBB2019016-D00I

Anexos - Daño de Equipaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Daño de equipaje - ANEXCHUBB2019017-D00I

Anexos - Indemnización por Robo de Compra o por Hurto en Cajero Automático

Anexo vigente desde 01/12/2020: Indemnizacion por Robo de Compra o por Hurto en Cajero Automatico - ANEXCHUBB2019018-D00I

Anexos - Pérdida de Equipaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Pérdida de Equipaje - ANEXCHUBB2019019-D00I

Anexos - Pérdida o Daño de los Documentos de Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Pérdida o Daño de los Documentos de Viaje - ANEXCHUBB2019020-D00I

Anexos - Postergación de Viaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Postergación de Viaje - ANEXCHUBB2019021-D00I

Anexos - Protección de Compras

Anexo vigente desde 01/12/2020: Protección de Compras - ANEXCHUBB2019022-D00I

Anexos - Retraso de Equipaje

Anexo vigente desde 01/12/2020: Retraso de Equipaje - ANEXCHUBB2019023-D00I

Anexos - Viaje de Emergencia para un Miembro de la Familia (boleto aéreo)

Anexo vigente desde 01/12/2020: Viaje de Emergencia para un Miembro de la Familia - ANEXCHUBB2019024-D00I

Paquetes

El clausulado básico y los anexos que componen los presentes productos se presentan de manera unificada para facilitar la consulta de los consumidores financieros, no obstante lo anterior, las partes que lo compone pueden haber sido depositados de manera independiente ante la Superintendencia Financiera de Colombia con base en los códigos de depósito que se encuentran referenciados en cada una de sus partes.

Adicionalmente, estos productos podrán incluir condiciones de asistencia y condiciones particulares que también podrán ser consultadas en los archivos que a continuación se relacionan.

Viajes Nacionales - BTA

Información completa al alcance de tu mano

Todas las compañías, desde grandes multinacionales hasta pequeñas empresas, gestionan sus riesgos junto a nuesto conocimiento y experiencia.

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   “Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.

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Habla con un asesor de seguros independiente sobre tus necesidades de protección