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Telecomunicaciones e Infraestructura

Vehículos Livianos
Asistencia en viaje desde cualquier lugar de Colombia y el Mundo
Chubb de Colombia Compañía de Seguros S.A. otorga a todos los usuarios del Seguro de automóviles, el Servicio de ASISTENCIA EN VIAJE, prestado a través de Andiasistencia, con más de 25.000 puntos de atención a nivel mundial, que garantiza asistencia inmediata para el asegurado y el vehículo.

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¿Cómo se Obtiene el Servicio de Asistencia?

Fácilmente con sólo una llamada a la central telefónica de Andiasistencia las 24 horas del día, los 365 días del año, indicando nombre y cédula del asegurado, placa del vehículo y póliza.
En Bogotá: 6445320
Resto del País: 018000919644 Sin Costo
Desde el Exterior: 57 (1) 6445320 - 57 9800919644
Con pago revertido


 


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¿A quiénes cubre?

  • Al asegurado, (Con o sin Vehículo)
    al conductor del vehículo, al cónyuge, familiares directos y ocupantes del vehículo, así como al equipaje en cualquier país del mundo.
  • Al vehículo, en el territorio Nacional y todo el Pacto Andino, por donde exista carretera transitable.


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¿Qué servicio presta al Asegurado?

  • Transporte o Repatriación en Caso de Lesiones o Enfermedad.
    La Compañía a través de Andiasistencia, cubrirá los gastos de traslado en ambulancia o el medio adecuado hasta el centro hospitalario o al domicilio en Colombia, hasta por un valor límite de 900 SMLD*.
  • Transporte o Repatriación de los Asegurados y Beneficiarios.
    Cuando por lesión o enfermedad de uno de los asegurados o beneficiarios no se pueda continuar el viaje, la Compañía a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de traslado de los acompañantes hasta su domicilio habitual, o hasta el lugar donde se encuentre hospitalizado, siempre y cuando se vieran imposibilitados de realizar el traslado, hasta por un valor límite de 900 SMLD.
  • Desplazamiento y Estancia de un Familiar.
    En caso de hospitalización del asegurado superior a 5 días, la Compañía a través de Andiasistencia, asumirá los siguientes gastos a un familiar:
    En Colombia: Transporte de ida y vuelta al lugar de hospitalización y los gastos de estadía hasta por 70 SMLD.
    En el Exterior: Transporte de ida y vuelta y estadía hasta por 200 SMLD.
  • Desplazamiento por Interrupción del Viaje por Fallecimiento de un Familiar.
    La Compañía a través de Andiasistencia, abonará los gastos de transporte por interrupción del viaje del asegurado, por fallecimiento en Colombia del cónyuge o de un familiar de primer grado de consanguinidad, hasta un máximo de 900 SMLD.
  • Asistencia Hospitalaria
    Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y sufra lesiones o enfermedades no excluidas en la póliza, la Compañía a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, medicamentos y supervisión de la atención al asegurado, hasta por 1.500 SMLD.
    Así mismo, asistencia odontológica de urgencias en el exterior, hasta por 50 SMLD.
  • Prolongación por Convalecencia
    La compañía a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de hotel cuando el asegurado deba prolongar el viaje por asistencia hospitalaria, hasta por 200 SMLD.
  • Transporte o Repatriación del asegurado o Beneficiario Fallecido
    En caso de fallecimiento del Asegurado o beneficiarios en el exterior, la Compañía a través de Andiasistencia, efectuará los trámites necesarios para el transporte o repatriación del cadáver y asumirá los gastos de traslado hasta su inhumación en Colombia del asegurado y sus acompañantes beneficiarios, hasta por 750 SMLD. para Colombia y 1.180 SMLD. para el resto del mundo.
    En caso de que los acompañantes fueran menores de 15 años sin compañía de adultos, la Compañía a través de Andiasistencia, proporcionará la persona adecuada para que le atienda durante el traslado.
  • Transmisión de Mensajes Urgentes
    La Compañía a través de Andiasistencia, se encargará del envío de mensajes urgentes derivados de los eventos o emergencias, solicitados por el asegurado o beneficiarios.
  • Envío de Medicamentos Urgentes
    Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y le sea imposible conseguir sus medicamentos habituales, la compañía a través de Andiasistencia, enviará los medicamentos hasta el sitio requerido.
    El valor del medicamento, así como el impuesto de aduana serán por cuenta del asegurado.
  • Transporte de Ejecutivos
    (Si el asegurado es persona jurídica).
    Cuando el ejecutivo de la Compañía asegurada se encuentre de viaje en el exterior y sea hospitalizado de urgencias o fallezca, la compañía a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de ida del otro ejecutivo designado por la compañía para sustituir al primero en su labor empresarial.
  • Pérdida de Documentos
    Cuando el asegurado pierda sus documentos y le impidan continuar el viaje, la Compañía a través de Andiasistencia, prestará orientación para el remplazo de los documentos.
  • Orientación para Asistencia Jurídica
    Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y necesite asistencia legal, la Compañía a través de Andiasistencia, podrá informarle los nombres de abogados especialistas.
*SMLD: Salario Mínimo Legal Diario

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¿Qué servicios presta al Vehículo?

  • Remolque o Transporte del Vehículo
    En caso de avería o accidente, la Compañía a través de Andiasistencia, transportará el vehículo hasta el taller más cercano elegido por el asegurado, hasta por un valor de 50 SMLD. en accidente y 30 SMLD. en caso de avería.
  • Hotel y Desplazamiento por Inmovilización del Vehículo
    Cuando la reparación del vehículo no puede efectuarse antes de 48 horas, la Compañía a través de Andiasistencia, pagará los gastos de hotel para el asegurado y sus acompañantes hasta un valor de 45 SMLD.
    En caso de querer continuar el viaje, la Compañía a través de Andiasistencia, pagará los gastos de transporte al lugar de destino o domicilio hasta un valor de 45 SMLD o de alquiler de vehículo por un período máximo de 48 horas hasta un valor de 60 SMLD.
  • Hotel y Desplazamiento por Hurto del Vehículo
    En caso de hurto simple o calificado del vehículo y una vez cumplidos los trámites de denuncia ante las autoridades, la Compañía a través de Andiasistencia, cubrirá los gastos del hotel o desplazamiento del asegurado y sus acompañantes hasta el lugar de destino o domicilio, hasta un valor de 60 SMLD.
  • Traslado, Depósito o Custodia del Vehículo reparado o recuperado
    Si la reparación del vehículo es superior a 72 horas y en caso de hurto, el asegurado no se encuentra en el lugar de los hechos, la Compañía a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de traslado del vehículo, así como la custodia o depósito del vehículo reparado o recuperado hasta un valor de 25 SMLD. o desplazamiento del asegurado desde el lugar de reparación o recuperación del vehículo, hasta un valor de 90 SMLD.
  • Conductor Profesional
    En caso de enfermedad o accidente que impida al asegurado manejar su vehículo, se le proporcionará de inmediato a su propio cargo, un conductor profesional para el traslado del asegurado y sus ocupantes hasta el lugar de residencia en Colombia o destino del viaje.
  • Localización y Envío de Repuestos
    La Compañía a través de Andiasistencia, localizará y enviará las piezas de repuesto necesarias dentro del territorio nacional. El costo de los repuestos será por cuenta del asegurado.
  • Informe Sobre Estado de las Vías
    A solicitud del asegurado, la Compañía a través de Andiasistencia, informará sobre el estado de las principales carreteras de Colombia, orden público o trabajos que afectan la libre circulación.
  • Asistencia Jurídica Preliminar
    Asesor Jurídico: en caso de accidente, el asegurado contará con asesoría jurídica mediante comunicación telefónica o con la presencia de un abogado en el sitio del accidente.
    Asistencia ante la unidad judicial de tránsito: en caso de accidente con lesionados o muertos, un abogado asesorará al asegurado ante la unidad judicial de tránsito o la fiscalía respectiva.


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¿Qué servicios presta al equipaje?

  • Localización y Envío de Equipajes Perdidos
    En caso de pérdida o robo del equipaje del asegurado y sus beneficiarios, la Compañía a través de Andiasistencia, asesorará en la denuncia y búsqueda. En caso de recuperación se encargará del envío al destino previsto del viaje o al lugar de residencia.
  • Pérdida del Equipaje en Vuelo Comercial
    Si el equipaje del asegurado y sus beneficiarios se extravía durante el viaje en Aerolíneas comercial y no fuera recuperado dentro de las 24 horas siguientes a su llegada, la compañía a través de Andiasistencia, abonará al asegurado el valor de 38 SMLD.
  • Pérdida Definitiva del Equipaje
    En caso de perdida definitiva del equipaje en viaje al exterior, aforado por Aerolínea Comercial Internacional, la Compañía a través de Andiasistencia, reconocerá la suma de 4 SMLD. por Kg. hasta un máximo de 60 Kg. por viaje, descontando lo abonado por la línea aérea.


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Exclusiones

No son Objeto de la Cobertura

  • Los servicios que el asegurado o beneficiario haya concertado por su cuenta sin el previo consentimiento de la compañía; salvo en caso de fuerza mayor, según su definición legal, que le impida comunicarse con la compañía.
  • Los gastos de asistencia médica y hospitalaria dentro del territorio de Colombia, sin perjuicio de lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza.
  • Las enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos y de las diagnosticadas con anterioridad a la iniciación del viaje.
  • La muerte producida por suicidio y las lesiones y secuelas que se ocasionen en su tentativa.
  • La muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas del asegurado y / o beneficiario.
  • La asistencia y gastos por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, ni por enfermedades mentales.
  • Lo relativo y derivado de prótesis, anteojos y gastos de asistencia por embarazo.
  • Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competición.
  • La asistencia y gastos a los ocupantes del vehículo asegurado transportados gratuitamente mediante "Autostop" o "Dedo" (Transporte gratuito ocasional).

Quedan Excluidos de la Cobertura

  • Los hechos causados por mala fe del asegurado o conductor.
  • Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como: inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, etc.
  • Hechos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.
  • Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de hechos de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad.
  • Los derivados de la energía nuclear radiactiva.
  • Los producidos cuando el conductor del vehículo se encuentre en cualquiera de las situaciones que se señalen a continuación:
    • Bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes.
    • Carencia de permiso o licencia correspondiente a la categoría del vehículo asegurado.
  • Los que se produzcan cuando por el asegurado o por el conductor o por algún beneficiario se hubiesen infringido las disposiciones reglamentarias en cuanto a requisitos y número de personas transportadas o forma de acondicionarlos, siempre que la infracción haya sido causa determinante del accidente o evento causante del siniestro.
  • Los que se produzcan con ocasión de la participación del asegurado o beneficiario en apuestas o desafíos.
  • Los causados por carburantes, esencias minerales y otras materias, inflamables, explosivos o tóxicos transportadas en el vehículo asegurado.
  • Los que se produzcan con ocasión de la participación del vehículo en carreras, prácticas deportivas y pruebas preparatorias o entrenamientos.


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Limite de Responsabilidad.

La presentación de cualquiera de los servicios o el pago de cualquier suma de dinero derivada de coberturas descritas, no implica responsabilidad en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás anexos de la póliza de Seguros de Vehículos, a la que accede el Anexo de Asistencia en Viaje.

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Incumplimiento

  • La compañía queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no puedan efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo.
  • Así mismo la compañía no se responsabiliza de los retrasos o incumplimiento debidos a las especiales características administrativas o políticas de un país determinado. En todo caso, si el asegurado o beneficiario solicitara los servicios de Asistencia y la Compañía no pudiera intervenir directamente, por causa de fuerza mayor, los gastos razonables en que se incurra serán reembolsados, previa presentación de los correspondientes recibos, al regreso del asegurado o beneficiario a Colombia, siempre que tales gastos se hallen cubiertos.


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Pago de la Indemnización

El Asegurado o beneficiario deberá tener en cuenta las siguientes circunstancias al hacer uso de su derecho de indemnización:

  • Las indemnizaciones fijadas en las coberturas serán en todo caso complemento de los contratos que pudieran tener el asegurado o beneficiario cubriendo el mismo riesgo.
  • Si el asegurado o beneficiario tuviera derecho a reembolso por parte de la Empresa Transportadora Comercial correspondiente a pasaje no consumido, y al hacer uso de la cobertura de transporte o repatriación, dicho reembolso deberá reintegrarse a la entidad prestaria de los servicios objeto del presente anexo. Así mismo respecto a los gastos de desplazamiento de las personas beneficiarias, la compañía solo se hace cargo de los gastos adicionales que exija el evento, en lo que excedan de los previstos inicialmente por los asegurados y / o beneficiarios.
  • Las prestaciones de carácter médico y de transporte sanitario deben efectuarse previo acuerdo del médico que atiende al asegurado o beneficiario con el equipo médico de la compañía.
  • No surge responsabilidad por las reparaciones efectuadas por los talleres, ni de los retrasos e incumplimientos en la ejecución de los trabajos realizados por los mismos, sin perjuicio de lo establecido en las condiciones generales de la póliza de seguro de automóviles.


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