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Vehículos
Livianos
Asistencia
en viaje desde cualquier lugar de Colombia y el Mundo
Chubb
de Colombia Compañía de Seguros S.A. otorga a todos
los usuarios del Seguro de automóviles, el Servicio de ASISTENCIA
EN VIAJE, prestado a través de Andiasistencia, con más
de 25.000 puntos de atención a nivel mundial, que garantiza asistencia
inmediata para el asegurado y el vehículo.

¿Cómo
se Obtiene el Servicio de Asistencia?
Fácilmente
con sólo una llamada a la central telefónica de Andiasistencia
las 24 horas del día, los 365 días del año, indicando
nombre y cédula del asegurado, placa del vehículo y póliza.
En Bogotá:6445320Resto
del País:018000919644
Sin CostoDesde
el Exterior:57
(1) 6445320 - 57 9800919644
Con pago revertido

¿A quiénes cubre?
- Al asegurado,
(Con o sin Vehículo)
al conductor del vehículo, al cónyuge, familiares
directos y ocupantes del vehículo, así como al equipaje
en cualquier país del mundo.
- Al vehículo,
en el territorio Nacional y todo el Pacto Andino, por donde exista
carretera transitable

¿Qué
servicio presta al Asegurado?
-
Transporte
o Repatriación en Caso de Lesiones o Enfermedad.
La Compañía a través de Andiasistencia, cubrirá
los gastos de traslado en ambulancia o el medio adecuado hasta el
centro hospitalario o al domicilio en Colombia, hasta por un valor
límite de 900 SMLD*.
-
Transporte
o Repatriación de los Asegurados y Beneficiarios.
Cuando por lesión o enfermedad de uno de los asegurados o beneficiarios
no se pueda continuar el viaje, la Compañía a través
de Andiasistencia, asumirá los gastos de traslado de los acompañantes
hasta su domicilio habitual, o hasta el lugar donde se encuentre hospitalizado,
siempre y cuando se vieran imposibilitados de realizar el traslado,
hasta por un valor límite de 900 SMLD.
-
Desplazamiento
y Estancia de un Familiar.
En caso de hospitalización del asegurado superior a 5 días,
la Compañía a través de Andiasistencia, asumirá
los siguientes gastos a un familiar:
En
Colombia: Transporte de ida y vuelta al lugar de hospitalización
y los gastos de estadía hasta por 70 SMLD.
En
el Exterior: Transporte de ida y vuelta y estadía hasta
por 200 SMLD.
-
Desplazamiento
por Interrupción del Viaje por Fallecimiento de un Familiar.
La Compañía a través de Andiasistencia, abonará
los gastos de transporte por interrupción del viaje del asegurado,
por fallecimiento en Colombia del cónyuge o de un familiar
de primer grado de consanguinidad, hasta un máximo de 900 SMLD.
-
Asistencia
Hospitalaria
Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y sufra lesiones o
enfermedades no excluidas en la póliza, la Compañía
a través de Andiasistencia, asumirá los gastos de hospitalización,
intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, medicamentos
y supervisión de la atención al asegurado, hasta por
1.500 SMLD.
Así mismo, asistencia odontológica de urgencias
en el exterior, hasta por 50 SMLD.
-
Prolongación
por Convalecencia
La compañía a través de Andiasistencia, asumirá
los gastos de hotel cuando el asegurado deba prolongar el viaje por
asistencia hospitalaria, hasta por 200 SMLD.
-
Transporte
o Repatriación del asegurado o Beneficiario Fallecido
En caso de fallecimiento del Asegurado o beneficiarios en el exterior,
la Compañía a través de Andiasistencia, efectuará
los trámites necesarios para el transporte o repatriación
del cadáver y asumirá los gastos de traslado hasta su
inhumación en Colombia del asegurado y sus acompañantes
beneficiarios, hasta por 750 SMLD. para Colombia y 1.180 SMLD. para
el resto del mundo.
En caso de que los acompañantes fueran menores de 15 años
sin compañía de adultos, la Compañía a
través de Andiasistencia, proporcionará la persona adecuada
para que le atienda durante el traslado.
-
Transmisión
de Mensajes Urgentes
La Compañía a través de Andiasistencia, se encargará
del envío de mensajes urgentes derivados de los eventos o emergencias,
solicitados por el asegurado o beneficiarios.
-
Envío
de Medicamentos Urgentes
Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y le sea imposible
conseguir sus medicamentos habituales, la compañía a
través de Andiasistencia, enviará los medicamentos hasta
el sitio requerido.
El valor del medicamento, así como el impuesto de aduana serán
por cuenta del asegurado.
-
Transporte
de Ejecutivos
(Si el asegurado es persona jurídica).
Cuando el ejecutivo de la Compañía asegurada se encuentre
de viaje en el exterior y sea hospitalizado de urgencias o fallezca,
la compañía a través de Andiasistencia, asumirá
los gastos de ida del otro ejecutivo designado por la compañía
para sustituir al primero en su labor empresarial.
-
Pérdida
de Documentos
Cuando el asegurado pierda sus documentos y le impidan continuar el
viaje, la Compañía a través de Andiasistencia,
prestará orientación para el remplazo de los documentos.
-
Orientación
para Asistencia Jurídica
Cuando el asegurado se encuentre en el exterior y necesite asistencia
legal, la Compañía a través de Andiasistencia,
podrá informarle los nombres de abogados especialistas.
*SMLD:
Salario Mínimo Legal Diario

¿Qué
servicios presta al Vehículo?
-
Remolque
o Transporte del Vehículo
En caso de avería o accidente, la Compañía a
través de Andiasistencia, transportará el vehículo
hasta el taller más cercano elegido por el asegurado, hasta
por un valor de 50 SMLD. en accidente y 30 SMLD. en caso de avería.
-
Hotel
y Desplazamiento por Inmovilización del Vehículo
Cuando la reparación del vehículo no puede efectuarse
antes de 48 horas, la Compañía a través de Andiasistencia,
pagará los gastos de hotel para el asegurado y sus acompañantes
hasta un valor de 45 SMLD.
En caso de querer continuar el viaje, la Compañía a
través de Andiasistencia, pagará los gastos de transporte
al lugar de destino o domicilio hasta un valor de 45 SMLD o de alquiler
de vehículo por un período máximo de 48 horas
hasta un valor de 60 SMLD.
-
Hotel
y Desplazamiento por Hurto del Vehículo
En caso de hurto simple o calificado del vehículo y una vez
cumplidos los trámites de denuncia ante las autoridades, la
Compañía a través de Andiasistencia, cubrirá
los gastos del hotel o desplazamiento del asegurado y sus acompañantes
hasta el lugar de destino o domicilio, hasta un valor de 60 SMLD.
-
Traslado,
Depósito o Custodia del Vehículo reparado o recuperado
Si la reparación del vehículo es superior a 72 horas
y en caso de hurto, el asegurado no se encuentra en el lugar de los
hechos, la Compañía a través de Andiasistencia,
asumirá los gastos de traslado del vehículo, así
como la custodia o depósito del vehículo reparado o
recuperado hasta un valor de 25 SMLD. o desplazamiento del asegurado
desde el lugar de reparación o recuperación del vehículo,
hasta un valor de 90 SMLD.
-
Conductor
Profesional
En caso de enfermedad o accidente que impida al asegurado manejar
su vehículo, se le proporcionará de inmediato a su propio
cargo, un conductor profesional para el traslado del asegurado y sus
ocupantes hasta el lugar de residencia en Colombia o destino del viaje.
-
Localización
y Envío de Repuestos
La Compañía a través de Andiasistencia, localizará
y enviará las piezas de repuesto necesarias dentro del territorio
nacional. El costo de los repuestos será por cuenta del asegurado.
-
Informe
Sobre Estado de las Vías
A solicitud del asegurado, la Compañía a través
de Andiasistencia, informará sobre el estado de las principales
carreteras de Colombia, orden público o trabajos que afectan
la libre circulación.
-
Asistencia
Jurídica Preliminar
Asesor
Jurídico:
en caso de accidente, el asegurado contará con asesoría
jurídica mediante comunicación telefónica o
con la presencia de un abogado en el sitio del accidente.
Asistencia
ante la unidad judicial de tránsito:
en caso de accidente con lesionados o muertos, un abogado asesorará
al asegurado ante la unidad judicial de tránsito o la fiscalía
respectiva.

¿Qué
servicios presta al equipaje?
-
Localización
y Envío de Equipajes Perdidos
En caso de pérdida o robo del equipaje del asegurado y sus
beneficiarios, la Compañía a través de Andiasistencia,
asesorará en la denuncia y búsqueda. En caso de recuperación
se encargará del envío al destino previsto del viaje
o al lugar de residencia.
-
Pérdida
del Equipaje en Vuelo Comercial
Si el equipaje del asegurado y sus beneficiarios se extravía
durante el viaje en Aerolíneas comercial y no fuera recuperado
dentro de las 24 horas siguientes a su llegada, la compañía
a través de Andiasistencia, abonará al asegurado el
valor de 38 SMLD.
-
Pérdida
Definitiva del Equipaje
En caso de perdida definitiva del equipaje en viaje al exterior, aforado
por Aerolínea Comercial Internacional, la Compañía
a través de Andiasistencia, reconocerá la suma de 4
SMLD. por Kg. hasta un máximo de 60 Kg. por viaje, descontando
lo abonado por la línea aérea.

Exclusiones
No
son Objeto de la Cobertura
-
Los
servicios que el asegurado o beneficiario haya concertado por su
cuenta sin el previo consentimiento de la compañía;
salvo en caso de fuerza mayor, según su definición
legal, que le impida comunicarse con la compañía.
-
Los
gastos de asistencia médica y hospitalaria dentro del territorio
de Colombia, sin perjuicio de lo estipulado en las Condiciones Generales
de la póliza.
-
Las
enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos
y de las diagnosticadas con anterioridad a la iniciación
del viaje.
-
La
muerte producida por suicidio y las lesiones y secuelas que se ocasionen
en su tentativa.
-
La
muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos
punibles o acciones dolosas del asegurado y / o beneficiario.
-
La
asistencia y gastos por enfermedades o estados patológicos
producidos por la ingestión voluntaria de drogas, sustancias
tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin
prescripción médica, ni por enfermedades mentales.
-
Lo
relativo y derivado de prótesis, anteojos y gastos de asistencia
por embarazo.
-
Las
asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en
competición.
-
La
asistencia y gastos a los ocupantes del vehículo asegurado
transportados gratuitamente mediante "Autostop" o "Dedo"
(Transporte gratuito ocasional).
Quedan
Excluidos de la Cobertura
-
Los
hechos causados por mala fe del asegurado o conductor.
-
Los
fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario
tales como: inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas,
tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales
y aerolitos, etc.
-
Hechos
derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.
-
Hechos
o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de hechos de las Fuerzas
o Cuerpos de Seguridad.
-
Los
derivados de la energía nuclear radiactiva.
-
Los
producidos cuando el conductor del vehículo se encuentre
en cualquiera de las situaciones que se señalen a continuación:
-
Bajo
la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes.
-
Carencia
de permiso o licencia correspondiente a la categoría
del vehículo asegurado.
-
Los
que se produzcan cuando por el asegurado o por el conductor o por
algún beneficiario se hubiesen infringido las disposiciones
reglamentarias en cuanto a requisitos y número de personas
transportadas o forma de acondicionarlos, siempre que la infracción
haya sido causa determinante del accidente o evento causante del
siniestro.
-
Los
que se produzcan con ocasión de la participación del
asegurado o beneficiario en apuestas o desafíos.
-
Los
causados por carburantes, esencias minerales y otras materias, inflamables,
explosivos o tóxicos transportadas en el vehículo
asegurado.
- Los que se produzcan
con ocasión de la participación del vehículo
en carreras, prácticas deportivas y pruebas preparatorias o
entrenamientos.

Limite
de Responsabilidad.
La
presentación de cualquiera de los servicios o el pago de cualquier
suma de dinero derivada de coberturas descritas, no implica responsabilidad
en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás
anexos de la póliza de Seguros de Vehículos, a la que
accede el Anexo de Asistencia en Viaje.

Incumplimiento
-
La
compañía queda relevada de responsabilidad cuando por
causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado
o de sus responsables o beneficiarios, no puedan efectuar cualquiera
de las prestaciones específicamente previstas en este anexo.
-
Así
mismo la compañía no se responsabiliza de los retrasos
o incumplimiento debidos a las especiales características administrativas
o políticas de un país determinado. En todo caso, si
el asegurado o beneficiario solicitara los servicios de Asistencia
y la Compañía no pudiera intervenir directamente, por
causa de fuerza mayor, los gastos razonables en que se incurra serán
reembolsados, previa presentación de los correspondientes recibos,
al regreso del asegurado o beneficiario a Colombia, siempre que tales
gastos se hallen cubiertos.

Pago
de la Indemnización
El
asegurado o beneficiario deberá tener en cuenta las siguientes
circunstancias al hacer uso de su derecho de indemnización:
-
Las
indemnizaciones fijadas en las coberturas serán en todo caso
complemento de los contratos que pudieran tener el asegurado o beneficiario
cubriendo el mismo riesgo.
-
Si
el asegurado o beneficiario tuviera derecho a reembolso por parte
de la Empresa Transportadora Comercial correspondiente a pasaje
no consumido, y al hacer uso de la cobertura de transporte o repatriación,
dicho reembolso deberá reintegrarse a la entidad prestaria
de los servicios objeto del presente anexo. Así mismo respecto
a los gastos de desplazamiento de las personas beneficiarias, la
compañía solo se hace cargo de los gastos adicionales
que exija el evento, en lo que excedan de los previstos inicialmente
por los asegurados y / o beneficiarios.
-
Las
prestaciones de carácter médico y de transporte sanitario
deben efectuarse previo acuerdo del médico que atiende al
asegurado o beneficiario con el equipo médico de la compañía.
-
No
surge responsabilidad por las reparaciones efectuadas por los talleres,
ni de los retrasos e incumplimientos en la ejecución de los
trabajos realizados por los mismos, sin perjuicio de lo establecido
en las condiciones generales de la póliza de seguro de automóviles.
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